especialista en ley de segunda oportunidad
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En Pavia Abogados Concursales, hemos conseguido, mediante el mecanismo de la Segunda Oportunidad, exonerar a un cliente de una deuda de más de 5 millones de euros y conseguir un Plan de Pagos muy favorable para el pago de su deuda con organismos públicos.

Origen de  la deuda

Nuestro cliente era un empresario bien posicionado en el sector de la energía de biomasa y en un momento de auge de su sector hizo una apuesta importante ampliando su plantilla de trabajadores e invirtiendo mucho en maquinaria y nuevos recursos, pero por diferentes imponderables, entre ellos, que el precio del petróleo bajó mucho y eso le llevó a endeudarse más de la cuenta y finalmente no pudo hacer frente a la deuda que tenía, sobretodo bancaria.

Vino al despacho, intentamos negociar con los bancos pero fue imposible, así que no tuvimos más remedio que presentar su concurso de acreedores, puesto que los Bancos para darle más financiación le pedían más avales y llegó un momento en que no tenía sentido seguir asfixiándose económicamente, para eso la mejor solución era el concurso.

Dentro del concurso, primero intentamos llegar a un convenio con los acreedores y finalmente tuvimos que llevar la empresa a liquidación porque los bancos no se avenían a llegar a los acuerdos que podía cumplir nuestro cliente.

Por lo tanto, el origen de este pasivo tan elevado se encontraba en todas aquellas deudas bancarias que había avalado mientras era administrador de la sociedad, que finalmente tuvimos que liquidar.

Una vez se concluyó el concurso de la sociedad limitada, los acreedores iniciaron sus reclamaciones frente a nuestro cliente, como avalista de la deuda de la empresa, e incapaz de hacer frente a los pagos que le reclamaban, pues había perdido su empresa y sus bienes, se puso nuevamente en nuestras manos para que iniciáramos su Segunda Oportunidad.

“Para llegar al objetivo final de conseguir el Beneficio de la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI) hemos tenido que superar en el concurso dos obstáculos muy importantes. Por un lado, el hecho de que el pasivo total superara a los 5 millones de euros y, por otro lado, la existencia de crédito público superior a los 200.000 €. “

Primer obstáculo para la segunda oportunidad

Respecto al primero de los obstáculos, pudimos superarlo porque a pesar de que la Ley de Segunda Oportunidad esté contemplada para las deudas que no superen los 5 millones de euros, en nuestro caso, la estimación de pasivo inicial, es decir, al tiempo de solicitar el Acuerdo Extrajudicial de Pagos, era inferior a los 5 millones de euros y fue luego cuando esta cifra subió al añadir en el pasivo los intereses bancarios.

Segundo obstáculo para la segunda oportunidad

En cuanto al segundo de los obstáculos, vamos a poder exonerar el crédito con Hacienda de nuestro cliente porque hemos presentado un Plan de Pagos acogiéndonos al criterio jurisprudencial fijado en la Sentencia de 2 de julio de 2019 del Tribunal Supremo.

Precisamente es este el criterio que aplicó Su Señoría en el Auto que resuelve la solicitud Beneficio de la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (la cancelación de sus deudas) de nuestro cliente.

En el Auto que acompañamos  (haga click) podréis ver como el Su Señoría hace referencia a los dos criterios correctores de la redacción del artículo 178 bis que se fijaron en la citada Sentencia de 2 de julio:

  1. El plan de pagos sólo tenía que incluir la parte de crédito público reconocido como crédito privilegiado, no así la parte de crédito ordinario y subordinado
  2. Corresponderá al juez del concurso fijar, partiendo de la propuesta del deudor y de las posibles observaciones que hubieran realizado los acreedores, el modo y los plazos de pago del crédito que no sea exonerable.

Gracias a la aplicación de este criterio nuestro cliente podrá cumplir un Plan de Pagos que se ajusta a su capacidad económica real y conseguir la cancelación definitiva de las deudas en un plazo de 5 años, lo que le permitirá seguir adelante sin unas deudas que nunca podría haber pagado y emprender nuevos proyectos en el futuro.


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Sobre el autor:

cristina bañuelos

Cristina Bañuelos

Abogada

Pavia Abogados concursales